Las empresas, los centros sanitarios, las organizaciones de cualquier índole, cuando tienen que invertir en I+D+i, necesitan la certeza, antes de realizar las inversiones oportunas, que la Agencia Tributaria no pondrá objeciones a las ventajas fiscales que se pretenden aplicar.
El Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, establece el marco regulatorio requerido.
Los informes motivados no son obligatorios para acceder a las deducciones fiscales, pero ofrecen a las empresas la certeza jurídica de que la Agencia Tributaria no cuestionará la naturaleza de I+D o innovación tecnológica de los proyectos que se presentan. Para ello, deben estar certificados de acuerdo a la norma UNE 166001.
La norma UNE 166001 es una guía para la correcta gestión de proyectos de I+D+i. También permite identificar aquellos proyectos susceptibles de ser considerados como I+D+i. Por último, permite que la organización obtenga mejores puntuaciones en licitaciones públicas (General del Estado, Autonómicas y locales).
La norma UNE 166001 está especialmente pensada para su aplicación en Pymes y la planificación de proyectos de I+D+i.
Pero, ¿Cómo identifica la empresa los proyectos de I+D+i? Se considera un proyecto I+D+i cuando la empresa destina recursos y medios propios para:
Las funciones de OAK en este ámbito son, junto con el personal de la organización:
Los certificados que emite la entidad de certificación pueden ser:
Empresas, instituciones y organizaciones de carácter privado o público de cualquier sector, que realizan actividad de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Memoria técnica certificada por organismo acreditado que asegura los beneficios fiscales determinados en la legislación vigente.