Desde la entrada en vigor del R.D 163/2019, Instrucción técnica para la realización del control de producción de los hormigones fabricados en central, las plantas de hormigón tienen que cumplir requisitos relacionados a: personal, materias primas, instalaciones, control del hormigón, suministro, control de la documentación, trazabilidad, laboratorio y aspectos ambientales.
Debido a las constantes consultas que nos realizan los fabricantes del hormigón, planteamos una guía rápida que facilite su implantación:
1.¿Es importante que mi planta pase la inspección del organismo de control?
Si, pues es requisito legal. A partir del 1 de abril, la dirección facultativa de las obras debe solicitar el certificado. La entrada de hormigones no acreditados puede suponer problemas de responsabilidad civil, entre otros.
También es importante reseñar que se están produciendo denuncias y reclamaciones de terceros, muchas de ellas vehiculadas por asociaciones sectoriales, incluso inspecciones reglamentarias.
2.¿Qué consideraciones con respecto al personal Técnico y de fabricación?
Cada fabricante tendrá en plantilla o mediante otra relación contractual demostrable un responsable técnico (que puede tener vinculación con una o más centrales) y un responsable de la fabricación.
En los Sistemas de Control en Producción que desarrollamos, establecemos un organigrama, fichas descriptivas del puesto de trabajo y fichas de personal.
3.¿Qué criterios debo tomar en cuenta para el Control de producción del hormigón?
En primer lugar, el control abarca a todos los hormigones fabricados en central, siendo los fundamentales los incluidos en la EHE-08.
Deben por tanto tenerse en cuenta los hormigones designados por propiedades (incluyendo a los hormigones no estructurales HNE que constituirán una propia agrupación) y los hormigones designados, excepcionalmente, por dosificación (incluyendo los hormigones de limpieza HL).
El control del hormigón comprende los ensayos para determinar su comportamiento en relación con la docilidad, la resistencia y la durabilidad”.
Cabe precisar que los ensayos de control de producción contemplados en R.D.163/2019 son realizados por el fabricante del hormigón y son independientes de los ensayos durante la recepción en la obra (control de recepción) requeridos en el artículo 86 de la EHE-08.
4.¿Con que frecuencia deben realizarse ensayos al hormigón producido en planta?
El R.D. 163/2019 establece pautas cada 300 m3 fabricados o mensual, pero no debemos perder de vista las frecuencias establecidas en EHE-08 y UNE-EN 206:2013+A1:2018.
En tipos o agrupaciones de hormigón cuya escasa producción impide cumplir con las frecuencias de muestreo indicadas, se tomará y ensayará una muestra durante la primera semana de producción.
5.¿Qué requisitos debe cumplir las instalaciones de dosificación?
La planta realizará, como mínimo, semestralmente, actividades de verificación sobre los equipos (básculas y medidores y/o dosificadores), quedando evidencia en los registros asociados.
La verificación puede realizarla el propio fabricante o contratar servicios externos. En función del tipo de verificación, dispondrá de evidencias de su realización:
6.¿Qué aspectos contempla la auditoría de certificación?
El organismo independiente acreditado verificará los aspectos de control de la producción como:
Tras la auditoría y comprobado el del R.D.163/2019, se emitirá un certificado que tendrá una validez de 4 años.
A los dos años se realiza una inspección de seguimiento donde se revisarán el control de las instalaciones y del hormigón.
OAK , consultora especializada en el rubro de construcción, diseña y pone en marcha las pautas necesarias para cumplir el RD 163/2019 en cada planta, realizamos auditorías internas previas, asesoría y acompañamiento durante la inspección de los organismos de control (AENOR, Applus, Bureau Veritas, OCA global, …) hasta la obtención de la certificación.
Si desea más información, remítanos un e-mail a info@oaklarpwell.com indicando el nº de referencia del artículo.